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Autor Tema: POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12  (Leído 189294 veces)

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Desconectado jperez3160

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #840 en: 03 de Febrero de 2012, 20:47:33 pm »
Alguien puede poner el número de parágrafo del caso práctico. Gracias y suerte a todos


Desconectado emlo

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #841 en: 03 de Febrero de 2012, 20:48:09 pm »
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Acabo de salir y.... si, es posible. Con eso y el código.
1. Abstencion y recusacion
2. Juridica , razonada, completa, estable y practica
Caso practico sobre deuda de arrendamiento.
Estoy con el movil y hace frio jejeje

El caso es el 131

A mi me ha dejado la segunda pregunta de una pieza. No estaba en la quiniela!!! Me ha tocado soltar el rollo y no sé ni lo que he escrito...

espero que de para un 5 porque si no otra para Septiembre.. :-[

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #842 en: 03 de Febrero de 2012, 20:58:16 pm »
Hola compañeros, que tema ha referenciado el Tribunal para la segunda pregunta??

Desconectado jperez3160

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #843 en: 03 de Febrero de 2012, 21:08:58 pm »
Creo que importante para todos y a ver si alguien me aclara la duda: El Código de Leyes Procesales está referido a septiembre de 2011. Sin embargo, por Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, se ha modificado el art. 440.3 LEC, que regula la tramitación del juicio de desahucio.
Caso 131, y que ha caído en el examen de hoy.
Antes de esta reforma el trámite era el del Juicio Verbal, pero desde la entrada en vigor de esta ley, el trámite es el del Juicio Monitorio.
¿A cuál de los dos preceptos nos agarramos? ¿Al que nos obliga el libro ó al legalmente vigente?
Por si no tuviéramos bastante con esperar la nota...
Alguien quiere comentarlo?

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #844 en: 03 de Febrero de 2012, 21:10:05 pm »
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El caso es el 131

A mi me ha dejado la segunda pregunta de una pieza. No estaba en la quiniela!!! Me ha tocado soltar el rollo y no sé ni lo que he escrito...

espero que de para un 5 porque si no otra para Septiembre.. :-[

Pues a mi me ha pasado lo mismo. es que pensé que era una tontería, y de tontería que era me he puesto a escribir, y un poco más no escribo el cuento de caperucita.
Creo que la he fastidiado de veras, porque al final con el puñetero caso, como no he mirado ninguno, me hice un lio de mil demonios y os prometo que no se que puñetas he contestado, pero que vamos..... No te puedes dejar nada al libre albedrío.
Venga vueltas al código, venga vueltas al código pa ná >:(
Ya verás que como tienes la protección de SanPa, son buenos corrigiendo ;D

Desconectado emlo

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #845 en: 03 de Febrero de 2012, 21:14:28 pm »
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Pues a mi me ha pasado lo mismo. es que pensé que era una tontería, y de tontería que era me he puesto a escribir, y un poco más no escribo el cuento de caperucita.
Creo que la he fastidiado de veras, porque al final con el puñetero caso, como no he mirado ninguno, me hice un lio de mil demonios y os prometo que no se que puñetas he contestado, pero que vamos..... No te puedes dejar nada al libre albedrío.
Venga vueltas al código, venga vueltas al código pa ná >:(
Ya verás que como tienes la protección de SanPa, son buenos corrigiendo ;D

eso espero! Yo también me he quedado bloqueada en el caso y mira que lo había mirado y sólo puse que era sumario cuando también era especial, joer, que error de novata!! Vamos, que si apruebo será un milagro.

Desconectado Raul1978

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #846 en: 03 de Febrero de 2012, 21:15:09 pm »
Y otraaaaaaaaa para Septiembreeee ¡¡¡¡

DESASTRE TOTAL

Desconectado clashico

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #847 en: 03 de Febrero de 2012, 21:15:41 pm »
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Hola compañeros, que tema ha referenciado el Tribunal para la segunda pregunta??

Leccion 18. Funciones del Proceso

Desconectado emlo

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #848 en: 03 de Febrero de 2012, 21:17:53 pm »
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Y otraaaaaaaaa para Septiembreeee ¡¡¡¡

DESASTRE TOTAL

Tan mal te ha salido? Al menos habrás puesto algo en la primera pregunta, no? Se podía contestar por el Código si no te la sabías, la segunda si que era para darle a la inventiva.

Desconectado emlo

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #849 en: 03 de Febrero de 2012, 21:20:12 pm »
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Creo que importante para todos y a ver si alguien me aclara la duda: El Código de Leyes Procesales está referido a septiembre de 2011. Sin embargo, por Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, se ha modificado el art. 440.3 LEC, que regula la tramitación del juicio de desahucio.
Caso 131, y que ha caído en el examen de hoy.
Antes de esta reforma el trámite era el del Juicio Verbal, pero desde la entrada en vigor de esta ley, el trámite es el del Juicio Monitorio.
¿A cuál de los dos preceptos nos agarramos? ¿Al que nos obliga el libro ó al legalmente vigente?
Por si no tuviéramos bastante con esperar la nota...
Alguien quiere comentarlo?

No me digas esooooo!!!  :o

Desconectado clashico

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #850 en: 03 de Febrero de 2012, 21:20:29 pm »
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Y otraaaaaaaaa para Septiembreeee ¡¡¡¡

DESASTRE TOTAL

No será para tanto hombre..... Aunque de todas formas, Una Puñeta >:(
Yo no he sido capaz de solucionar el caso sólo con los artículos eh??

Desconectado clashico

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #851 en: 03 de Febrero de 2012, 21:24:20 pm »
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Creo que importante para todos y a ver si alguien me aclara la duda: El Código de Leyes Procesales está referido a septiembre de 2011. Sin embargo, por Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, se ha modificado el art. 440.3 LEC, que regula la tramitación del juicio de desahucio.
Caso 131, y que ha caído en el examen de hoy.
Antes de esta reforma el trámite era el del Juicio Verbal, pero desde la entrada en vigor de esta ley, el trámite es el del Juicio Monitorio.
¿A cuál de los dos preceptos nos agarramos? ¿Al que nos obliga el libro ó al legalmente vigente?
Por si no tuviéramos bastante con esperar la nota...
Alguien quiere comentarlo?

Eh?????
Bueno yo lo que sé es que si no viene en el libro mi tutor dice que no tenemos por qué saberlo.
Joé con que mala leche han puesto el caso no??????
Ea!!!!! con los apuntes de procesal pa la playa  8)

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #852 en: 03 de Febrero de 2012, 21:28:31 pm »
¿ A qué tipo de proceso deberá acudir D.A., ordinario, especial o sumario?; ¿a qué clase de proceso declarativo?
La demanda presentada lleva aparejada una acumulación de dos acciones (art. 438,33º LEC): una acción perteneciente al ámbito de los procesos especiales (pag. 290 del otro libro), que se tramita por el juicio ordinario (art. 249.1.6 LEC), que es la de reclamación de las rentas adeudadas; y una acción perteneciente al ámbito del proceso sumario, que se tramita por los trámites del Juicio verbal (art. 250.1.1º LEC), que es la de desahucio por falta de pago de las rentas.
Al tratarse de dos acciones acumuladas, conforme al art. 438.3.3º de la LEC, se tramitan por el Juicio Verbal. En todo caso entiendo que se trata de un proceso especial arrendaticio.

B) ¿Tendrán las partes libertad para la proposición de los medios de prueba o únicamente se admitirán aquellos destinados a acreditar el pago o no de las rentas?
Al tratarse de dos acciones acumuladas, entiendo que cada una de ellas tiene su propio régimen jurídico. Respecto de la acción de reclamación de rentas, no tendrá limitada la posibilidad de proposición de medios de prueba; en cambio, respecto de la acción de desahucio, considero que sí tendrán limitada la prueba a acreditar lo único que se puede discutir en esa pretensión sumaria: el pago o no de las rentas.

C) ¿Podrán las partes discutir sobre cuestiones relacionadas con la celebración del contrato de arrendamiento?
Al haberse acumulado dos acciones, una de ellas no sumaria (la de reclamación de rentas), entiendo que sí se pueden discutir cuestiones relacionadas con la celebración del contrato de arrendamiento.

D) ¿Qué proceso sería de aplicación si D.A. únicamente pretendiera el desahucio de D.B. de la vivienda arrendada por falta de pago de la renta?; ¿tendrían limitados en ese caso los medios de prueba?; ¿podría posteriormente D.A. reclamar en otro proceso las rentas adeudadas?;¿en qué tipo de procedimiento?
En este caso, si únicamente pretendieran el desahucio por falta de pago, el proceso sería sumario, sí tendrían limitados los medios de prueba, sí podría reclamar en otro proceso las rentas adeudadas, y este otro proceso, como ya antes dije, sería un proceso especial arrendaticio, a tramitar por el juicio ordinario.

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #853 en: 03 de Febrero de 2012, 21:30:49 pm »
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Tan mal te ha salido? Al menos habrás puesto algo en la primera pregunta, no? Se podía contestar por el Código si no te la sabías, la segunda si que era para darle a la inventiva.

La 1ª algo del código pero mal mal, la 2ª ni idea. El supuesto ni idea....

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #854 en: 03 de Febrero de 2012, 21:31:41 pm »
para aprobarme tendra que tener mucha imaginacion

Desconectado clashico

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #855 en: 03 de Febrero de 2012, 21:32:45 pm »
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¿ A qué tipo de proceso deberá acudir D.A., ordinario, especial o sumario?; ¿a qué clase de proceso declarativo?
La demanda presentada lleva aparejada una acumulación de dos acciones (art. 438,33º LEC): una acción perteneciente al ámbito de los procesos especiales (pag. 290 del otro libro), que se tramita por el juicio ordinario (art. 249.1.6 LEC), que es la de reclamación de las rentas adeudadas; y una acción perteneciente al ámbito del proceso sumario, que se tramita por los trámites del Juicio verbal (art. 250.1.1º LEC), que es la de desahucio por falta de pago de las rentas.
Al tratarse de dos acciones acumuladas, conforme al art. 438.3.3º de la LEC, se tramitan por el Juicio Verbal. En todo caso entiendo que se trata de un proceso especial arrendaticio.

B) ¿Tendrán las partes libertad para la proposición de los medios de prueba o únicamente se admitirán aquellos destinados a acreditar el pago o no de las rentas?
Al tratarse de dos acciones acumuladas, entiendo que cada una de ellas tiene su propio régimen jurídico. Respecto de la acción de reclamación de rentas, no tendrá limitada la posibilidad de proposición de medios de prueba; en cambio, respecto de la acción de desahucio, considero que sí tendrán limitada la prueba a acreditar lo único que se puede discutir en esa pretensión sumaria: el pago o no de las rentas.

C) ¿Podrán las partes discutir sobre cuestiones relacionadas con la celebración del contrato de arrendamiento?
Al haberse acumulado dos acciones, una de ellas no sumaria (la de reclamación de rentas), entiendo que sí se pueden discutir cuestiones relacionadas con la celebración del contrato de arrendamiento.

D) ¿Qué proceso sería de aplicación si D.A. únicamente pretendiera el desahucio de D.B. de la vivienda arrendada por falta de pago de la renta?; ¿tendrían limitados en ese caso los medios de prueba?; ¿podría posteriormente D.A. reclamar en otro proceso las rentas adeudadas?;¿en qué tipo de procedimiento?
En este caso, si únicamente pretendieran el desahucio por falta de pago, el proceso sería sumario, sí tendrían limitados los medios de prueba, sí podría reclamar en otro proceso las rentas adeudadas, y este otro proceso, como ya antes dije, sería un proceso especial arrendaticio, a tramitar por el juicio ordinario.

Jolín!!!!!! Que nivé :D
Esta no la apruebo ni en diez años :'(

Desconectado Raul1978

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #856 en: 03 de Febrero de 2012, 21:33:13 pm »
Si clashico si tengo en el examen mas de un 1 en serio estaré feliz, desastre total.

Desconectado Raul1978

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #857 en: 03 de Febrero de 2012, 21:36:30 pm »
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La demanda presentada lleva aparejada una acumulación de dos acciones (art. 438,33º LEC): una acción perteneciente al ámbito de los procesos especiales (pag. 290 del otro libro), que se tramita por el juicio ordinario (art. 249.1.6 LEC), que es la de reclamación de las rentas adeudadas; y una acción perteneciente al ámbito del proceso sumario, que se tramita por los trámites del Juicio verbal (art. 250.1.1º LEC), que es la de desahucio por falta de pago de las rentas.
Al tratarse de dos acciones acumuladas, conforme al art. 438.3.3º de la LEC, se tramitan por el Juicio Verbal. En todo caso entiendo que se trata de un proceso especial arrendaticio.

B) ¿Tendrán las partes libertad para la proposición de los medios de prueba o únicamente se admitirán aquellos destinados a acreditar el pago o no de las rentas?
Al tratarse de dos acciones acumuladas, entiendo que cada una de ellas tiene su propio régimen jurídico. Respecto de la acción de reclamación de rentas, no tendrá limitada la posibilidad de proposición de medios de prueba; en cambio, respecto de la acción de desahucio, considero que sí tendrán limitada la prueba a acreditar lo único que se puede discutir en esa pretensión sumaria: el pago o no de las rentas.

C) ¿Podrán las partes discutir sobre cuestiones relacionadas con la celebración del contrato de arrendamiento?
Al haberse acumulado dos acciones, una de ellas no sumaria (la de reclamación de rentas), entiendo que sí se pueden discutir cuestiones relacionadas con la celebración del contrato de arrendamiento.

D) ¿Qué proceso sería de aplicación si D.A. únicamente pretendiera el desahucio de D.B. de la vivienda arrendada por falta de pago de la renta?; ¿tendrían limitados en ese caso los medios de prueba?; ¿podría posteriormente D.A. reclamar en otro proceso las rentas adeudadas?;¿en qué tipo de procedimiento?
En este caso, si únicamente pretendieran el desahucio por falta de pago, el proceso sería sumario, sí tendrían limitados los medios de prueba, sí podría reclamar en otro proceso las rentas adeudadas, y este otro proceso, como ya antes dije, sería un proceso especial arrendaticio, a tramitar por el juicio ordinario.

Virgensita de la cabesaaaa ¡¡¡  :o



PD: Esta asignatura tampoco la apruebo ni en 10 años clashico xDDDDD

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #858 en: 03 de Febrero de 2012, 21:37:57 pm »
hola


a ver a mi me parece que con los articulos que se daban para el caso practico se deducia que era el juicio verbal perfectamente.
procedimeinto declarativo  del tipo ordinario ( no ordinario de la lec , sino del tipo de declarativo)

en la articulacion de los procedimeintos que engloba el juicio verbal, pienso que dice claramente en la ley qu tanto si se pide el desahucio con reclamacion de rentas...como si solo son las reclamaciones de rentas....se tramitara por el juicio verbal....nunca en el procedimiento ordinario.


todo ello en base a los articulos que nos han dado en el supuesto.

en el juicio ordinario  entran los casos en torno a arrendamientos siempre y cuando no sea ni de desahucio ni de reclamacion de rentas.

no se pienso yo...



Desconectado clashico

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Re:POST OFICIAL INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL 11/12
« Respuesta #859 en: 03 de Febrero de 2012, 21:38:43 pm »
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Si clashico si tengo en el examen mas de un 1 en serio estaré feliz, desastre total.
Bueno esperemos a ver que pasa, yo de momento me voy a tomar una cervecita a la salud de todos nosotros, porque de verdad que esto es pa bebé y olvidá ;)